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sábado, 29 de octubre de 2011

La Heteronomía moral



Heteronomía. significa que las normas jurídicas son creadas por otra persona distinta al destinatario de la norma, y que ésta, además, es impuesta en contra de su voluntad; esta característica se opone a la Autonomía que significa que la norma es creada de acuerdo a la propia conciencia de la persona, es auto legislación (darse sus propias leyes).


La distinción entre autonomía y heteronomía moral se la debemos al filósofo alemán Inmanuel Kant (1724-1804). Para Kant un hombre obra bien cuando tiene como fundamento de su acción un principio de validez universal (imperativo categórico en palabras del autor), o sea válido para todos los hombres en todas las circunstancias, en cualquier tiempo y lugar. Principio de validez universal que descansa en la voluntad individual libre y racional que todo hombre por el mero hecho de serlo poseé. Siempre y cuando el hombre obedezca a su voluntad obrará libremente, autónomamente, racionalmente. Esto no quiere decir que cada uno de nosotros obre como le dé la gana, hay ciertos límites y Kant los sitúa acudiendo a la conducta heterónoma.


Kant establece tres tipos de actuaciones: Las que son contrarias al deber, como por ejemplo un conductor que circula a 150 km/h cuando el límite está en 100 km/h, las que son conformes al deber, en este caso el conductor conduce a 100 km/h para no ser multado, y por último, las acciones por deber, ahora el conductor circularía a 80 km/h, pero no por miedo a ser multado, sino por decisión propia.




 En este vídeo puedes ver un ejemplo de Heteronimia y autonomía

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